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Campaña Cero Desalojos

Desalojan a 40 familias de la Comunidad Quilmes

Titulo:
Desalojan a 40 familias de la Comunidad Quilmes
Tipología de desalojo:
Por obras de infraestructura y megaproyectos , Por contrastes y luchas por derechos de tierra , Por irregularidad en la tenencia
Area geográfica:
Americas
País:
Argentina
Ciudad:
Colalao del Valle, Tucuman
Localidad/Barrio:
ubicado sobre la ruta 40 -unos 500 metros antes de arribar a la localidad de Colalao de Valle
Nombre de la comunidad o del nucleo familiar amenazados de desalojo:
Quilmes
Número estimado de personas afectadas (en cifras):
40
Titulación de la tenencia:
Ocupantes
Caracteristicas económicas:
trabajador informal , trabajador precario , desempleado / desasalariado
Caracteristicas sociales:
indígenas , migrantes
Grupo de edad:
menores , adultos , ancianos
Informaciones sobre la historia y antecedentes del caso:
A fines de julio, el juez de paz de Colalao del Valle, Adolfo Salazar, dictó una medida de desalojo en territorio de la Comunidad India Quilmes (CIQ). La Corte Suprema de Justicia de Tucumán había parado el desalojo y llamado a una conciliación. Pero la parte actora se negó a participar del encuentro, por lo que la medida podría ejecutarse en los próximos días. El fallo desconoce la existencia de la ley 26.160 y la preexistencia de los pueblos indígenas en la zona, lo que agrava aún más la decisión judicial.

La Comunidad Aráoz Hnos. -terratenientes de las zonas del Valle tucumano organizados bajo la fachada de una asociación civil destinada a la producción- pretende desalojar a unas 40 familias integrantes de la CIQ, las que a fines del mes diciembre de 2008 decidieron construir sus viviendas en un terreno que ya era utilizado ancestralmente para la recolección de leña y para el pastoreo de los animales.

La CIQ ocupó un terreno de 4 hectáreas aproximadamente, ubicado sobre la ruta 40 -unos 500 metros antes de arribar a la localidad de Colalao de Valle-. La Comunidad Araoz Hnos. dedujo un amparo a la simple tenencia, invocando para ello ser el último detentador del inmueble y alegando la propiedad sobre el mismo.

El juez de Paz de Colalao del Valle, Adolfo Salazar, llevó adelante un procedimiento -no libre de arbitrariedades- que culminó con la sentencia de desalojo, que luego fue ratificada en consulta por el Juez de Documentos y Locaciones de la III Nominación, Juan Carlos Peral.
Niveles de causa y responsabilidad:
Local , Nacional
Violaciones de los articulos de la normativa internacional:
International Convention Relating to the Status of Refugees (1951) , International Convention on the Elimination of All Forms of Racial Discrimination (art. 5) , International Convention on the Protection of the Rights of All Migrant Workers and Members of their Families , Convenio de la OIT No 169 sobre pueblos indígenas y tribales en Estados Independientes , Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women
Razones esgrimidas para el desalojo, oficiales y no oficiales:
Exite un largo litigio por las tierras entre la comunidad indígena y una persona que dice tener los derechos de propiedad, en un largo proceso judicial.

Lo más importante de la cuestión litigiosa está dado fuera del expediente judicial. Nuevamente medidas de desalojos son dictadas por jueces en todo el país, como si la legislación que protege a los pueblos indígenas no existiera. Con el agravante, en esta ocasión, que se niega hasta la propia existencia de los pueblos.
Principales acontecimientos que ya tuvieron lugar en relación con el desalojo (fechas, año y hora):
En un mega operativo que incluyó a unos 90 efectivos de la Policía de la provincia de Tucumán y por orden, al decir de los afectados, del juez de Paz, Adolfo Salazar, de la comuna de Colalao del Valle, fueron desalojadas unas 40 familias de la comunidad India Quilmes que viven en la entrada a esa localidad.
Los afectados optaron por no ofrecer resistencia y por tratar de recuperar las pertenencias que no fueron dañadas por las fuerzas policiales.

Cabe recordar que exite un largo litigio por las tierras entre la comunidad indígena y una persona que dice tener los derechos de propiedad, en un largo proceso judicial. egún los letrados, que asesoran a los integrantes de esta comunidad originaria, "existe la Ley Nacional 26.160 de ordenamiento territorial que prohíbe cualquier desalojo a los pueblos originarios de sus territorios por el término de cuatro años hasta que se culmine con un relevamiento territorial.
Las familias desalojadas permanecen en el lugar, junto con Eduardo Nieva, abogado representante de la CIQ, quien además es Cacique de la Comunidad Indígena de Amaicha del Valle

Una nueva orden de desalojo firmada por el juez Juan Carlos Peral,
Nombre de las autoridades que llevan o planean llevar a cabo el desalojo: :
Policía de la provincia de Tucumán, empresas privadas
Nombre de las organizaciones involucradas, sus fortalezas y debilidad, sus enfoques del problema:
Comunidades Quilmes del lugar
Nombre de las agencias, ONGs o instituciones de apoyo que trabajan en la comunidad:
INADI
Medidas tomadas o propuestas hasta el momento por la comunidad y/o las agencias u ONGs que apoyan para resistir el desalojo y/o buscar soluciones alternativas:
Carta de Solidariad del INADI.
Alternativas o posibles soluciones ofrecidas o propuestas por las autoridades locales o nacionales a las comunidades afectadas:
Ninguna
Estrategias y futuras medidas previstas o discutidas para enfrentar el caso u otros desalojos:
Pedido de intervencion de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Fechas previstas importantes para (precisar de qué se trata y cuando sucederá: día, mes año):
...
Autor (Nombre, Dirección y responsabilidad):
Francesco Venturin, voluntario AIH-SVE, Argentina
Organización/organizaciones informantes:
Copenoa - Agencia de noticia del Norte Argentino, INADI, prensa local
Relación con AIH de las organizaciones informantes comunitarias que llevan el caso:
Otra
Fecha de la denuncia:
17.09.2009
Puesta al día:
Los violentos desalojos siguen en la comunidad, ultimo en fecha 5 de enero 2010.
Editor:
Francesco Venturin
Notas:

Nota de la Pagina web Prensa indigena del 23 de diciembre 2009 tràs una nueva orden de desalojo - http://www.prensaindigena.org.mx/nuevositio/?p=19849

Nota de la Pagina web Los Indios Quilmes del 23 de diciembre 2009 - http://www.kilmesblog.com.ar/los-quilmes/el-desalojo-de-los-quilmes/303/

NOta de la Pagina web Argentina Indymedia del 23 de enero 2010 tràs un nuevo dsalojo en fecha 5 de enero con demoliciones de las casas y tala imdiscriminada de árboles dentro y fuera del predio; la zona ahora sigue custdiada por 3 policiales - http://argentina.indymedia.org/news/2010/01/716465.php

A seguir la Carta de Solidaridad del INADI:

INADI Tucumán comunica

DERECHO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

Tucumán 24/11/2009- Desde la Delegación Tucumán de INADl se observa con
profunda preocupación la decisión tomada por el juez Juan Carlos Peral (Juez
del Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la IIIº Nominación) quien dictó
el pasado 4 de Noviembre, una nueva orden de desalojo en contra de las
familias comuneras de Colalao del Valle( Tucumán ), la que llevaría a cabo en
los próximos días con intervención de la policía de la provincia, de la misma
manera que se realizó la vez anterior, donde la medida alcanzó la destrucción
de las viviendas de los habitantes de la comunidad, dejando familias enteras
sin hogar.

La preocupación suscitada en el INADI se genera por interpretar en este caso,
que no se está aplicando la normativa vigente, específicamente la ley Nº
26.160, aprobada a comienzos del 2006, que declara “La emergencia en materia
de posesión y propiedad de las tierras de las comunidades indígenas”.

La norma antes descripta, ordena la suspensión de la ejecución de sentencias,
actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación
de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas
originarias del país. Esta “prohibición de desalojo” es por un período de 4
años.

Esta acción viene a sumarse y a agravar el conflicto social al que están
sometidas nuestras comunidades en el marco del salvaje asesinato del que fuera
víctima comunero Javier Chocobar , el pasado 12 de Octubre, que todavía
continúa en proceso de investigación,
Dicha medida, lesiona de igual manera el derecho a la igualdad, porque no se
le reconoció a lo/as comunero/as la posibilidad de defenderse como miembros de
la Comunidad Indígena, lesionando también el principio de no discriminación en
los términos de la Ley Nº 23.592.

La Argentina como Estado- Nación, es pluricultural y como tal debe garantizar
el pleno acceso a la Justicia para los Pueblos Originarios y el reconocimiento
del pluralismo jurídico. De esta manera el Poder Judicial, como pilar del
estado democrático, debe impartir Justicia eficaz y respetar las garantías
individuales, colectivas y las diferencias culturales y étnicas. El
reconocimiento de la existencia de los derechos indígenas, conforma en la
práctica la existencia del pluralismo jurídico.

De esta manera, la garantía de acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas
significa que se conozcan y respeten sus sistemas normativos, así también sus
usos y costumbres.

El objetivo del INADI, es aportar a la
conformación de un estado plurinacional, pluricultural y plurilingüe, para
profundizar la democracia participativa comunitaria, la recuperación de las
formas de vida y los valores comunitarios y el reordenamiento territorial con
autonomía de gestión. Esto implica construir una sociedad con pertinencia
cultural, crítica, participativa, equitativa, democrática e intercultural, sin
discriminación ni exclusiones.


El INADI tiene a disposición la línea telefónica gratuita 0-800-999-2345
durante las 24 horas para brindar un servicio de asesoramiento sobre actos de
discriminación.
INADI / Tucumán- Avenida Gobernador del Campo 11- San Miguel de Tucumán -
Teléfono 0381 4307397 - e mail tucum...@inadi.gov.ar